Tarjeta de Operación
Según el articulo 44 del decreto 172 del 05 de febrero de 2001, es obligación de las empresas gestionar las tarjetas de operación de la totalidad de sus equipos y entregarla oportunamente a sus propietarios. El parque automotor que se encuentra vinculado a Cootranspal, tienen el vencimiento de la tarjeta de operación el día 9 de Febrero de cada año, el cual se debe tramitar con dos meses de anticipación, los documentos a presentar son los siguientes:
- Estar a paz y salvo con la Cooperativa por todo concepto.
- Fotocopia de la tarjeta de operación.
- Fotocopia del soat.
- Fotocopia de las pólizas contractual y extracontractual.
- Fotocopia de la Revisión técnico mecánica.
- Valor vigente a la fecha de pago del derecho Municipal.
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